28 de agosto de 2024
El subsidio para mayores de 52 años
Si estás desempleado y tienes más de 52 años, el SEPE te ofrece la posibilidad de recibir un subsidio mensual, y además, podrías aumentar tus ingresos combinándolo con otras ayudas. Si ya estás recibiendo los 451,92 euros mensuales del SEPE, podrías acceder a dos subsidios adicionales, siempre que cumplas con los requisitos. Es importante saber que estas ayudas extra no las gestiona el SEPE, sino otras entidades, y cada una tiene sus propios procedimientos y condiciones.
Requisitos para solicitar el subsidio:
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Estar en desempleo: Si eres trabajador fijo discontinuo, no podrás acceder si tu fecha de hecho causante es anterior al 2 de marzo de 2022.
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Edad y condiciones: Debes tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio, y encontrarte en alguna de estas situaciones:
- Haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
- Ser emigrante retornado a España tras trabajar al menos 12 meses en los últimos 6 años en países fuera de la UE o EEE.
- Haber sido liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Haber sido declarado capaz o con incapacidad permanente parcial tras una revisión por mejora.
- Estar en situación legal de desempleo sin derecho a prestación contributiva, habiendo cotizado entre 90 y 359 días.
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Inscripción como demandante de empleo: Debes estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes tras agotar tu prestación por desempleo. Esta inscripción debe mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
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Cumplir el acuerdo de actividad: Este acuerdo se incluye en la solicitud del subsidio y es obligatorio cumplirlo.
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Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional: Este requisito debe cumplirse y mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
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Cotización para jubilación: Debes haber cotizado al menos 15 años para jubilación, dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15, y al menos 6 años por desempleo. Las cotizaciones en otros países se tienen en cuenta solo si han sido realizadas en países del EEE o con convenios específicos.
Fechas clave para el subsidio:
- Para quienes ya tienen 52 años: La fecha de solicitud del subsidio será la fecha de espera de un mes o la fecha de situación legal de desempleo.
- Para quienes cumplieron 52 años el 13 de marzo de 2019: La fecha de solicitud será el 13 de marzo de 2019, cuando entró en vigor el Real Decreto-ley 8/2019.
Ayudas compatibles con el subsidio para mayores de 52 años:
- Ingreso Mínimo Vital (IMV): Si tus ingresos están por debajo de un umbral específico, puedes combinar el subsidio del SEPE con el IMV, incrementando así tu ingreso mensual.
- Renta Mínima de Inserción (RMI): Esta ayuda, gestionada por los Servicios Sociales de cada comunidad autónoma, varía en cuantía y también es compatible con el subsidio para mayores de 52 años, siempre que cumplas con los requisitos establecidos.
Aqui hay disponibles todos los criterios vigentes y actualizados:
https://serveiocupacio.gencat.cat/es/persones/estic-atur/prestacions-subsidis/renda-activa-insercio/
Siempre recomendamos revisar y dirigirse directamente a la entidad, ya que los criterios pueden variar.
Si tienes más de 52 años, esto te interesa.